A la información ya disponible de los proveedores de servicios de pago sobre pagos transfronterizos, y la remitida por las plataformas de comercio electrónico en el marco de la directiva DAC7, se suman ahora las nuevas declaraciones informativas para el ámbito financiero, que enriquecerán los datos sobre flujos económicos disponibles para aflorar fraude fiscal en muy diversos ámbitos, desde el comercio electrónico hasta la ocultación de cobros y pagos a través del circuito ‘neobancario’.

Estos ámbitos de actuación preferente figuran en las directrices generales del Plan de Control Tributario 2026 publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde también se prevé seguir impulsando la lucha contra el fraude fiscal de las sociedades con cifras de negocio elevadas y de las personas físicas con patrimonios relevantes, al tiempo que se reforzará el control y la prevención del fraude en todas las áreas de negocio del sector inmobiliario y de la construcción.

A su vez, en el ámbito del control extensivo se intensificarán las actuaciones realizadas por los equipos especializados en el control de actividades económicas, mientras las problemáticas más leves se seguirán abordando desde una perspectiva de prevención y fomento del cumplimiento voluntario.

A partir del presente año, las nuevas declaraciones informativas para el ámbito financiero aportarán ventajas para el control del fraude, al tiempo que para la asistencia al contribuyente.

Respecto a la lucha contra el fraude, la obtención de información con carácter mensual de los cobros con tarjeta permitirá mejorar el control de las posibles ocultaciones de actividades empresariales o profesionales y la obtención de información mensualizada de titularidades financieras facilitará la detección temprana del uso de sociedades pantalla y otro tipo de entidades instrumentales utilizadas en el marco de las tramas de IVA.

Al mismo tiempo, contar con información relativa a cobros mensuales y a todo tipo de cuentas financieras y tarjetas potenciará la evaluación del riesgo recaudatorio y la investigación recaudatoria de flujos financieros, así como la adopción eficaz de medidas cautelares y de embargos de cuentas y de TPV.

También permitirá mejorar la lucha contra el fraude en fase ejecutiva, al ampliarse las capacidades de detección de posibles alzamientos de bienes y de hechos que lleven a plantear derivaciones de responsabilidad tributaria.

Está nueva información financiera, sumada a la recientemente incorporada sobre pagos transfronterizos impulsará igualmente el control sobre la utilización de cuentas en entidades financieras digitales (‘neobancos’) para ocultar rentas o patrimonios en el exterior.

Entre otras, se realizarán actuaciones de comprobación de entidades constituidas formalmente en España o en otro Estado miembro con la finalidad de aparentar la condición de estar realmente establecidas en la UE para modificar la forma de tributación en IVA de las ventas de comercio electrónico que realizan a través de plataformas, tratando así de eludir el pago del impuesto.

También se continuará profundizando en el análisis y verificación de la correcta tributación de los creadores de contenido en redes sociales, incluyendo el análisis de la residencia fiscal de quienes participan en estas nuevas formas de negocio.

En el área de Aduanas e Impuestos Especiales, el control sobre las operaciones de comercio electrónico se reforzará como consecuencia de la eliminación de la franquicia de 150 euros de derechos de aduana.

Por otra parte, en 2026 se impulsará la realización de actuaciones de control sobre contribuyentes que, habiendo operado con monedas virtuales, no hayan declarado rentas o ganancias patrimoniales derivadas de su tenencia y transmisión. En este contexto, se intensificará la explotación de la información disponible, así como el análisis de perfiles de riesgo, mediante el uso de herramientas de trazabilidad en ‘blockchain’, con la finalidad de detectar contribuyentes con indicios de patrimonios no justificados o rentas no declaradas.

Por tradeo